Buen dia,
Les dejo información útil que seguramente sus asesores contables podrán aclarar con precisión.
A través de la resolución general 4714/2020 publicada en el Boletín Oficial, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) legitimó la instrumentación de plazos especiales para la presentación y el pago de las declaraciones juradas de los impuestos a las Ganancias y al Valor Agregado (IVA) para las empresas.
La resolución también amplió los planes de facilidades de pago para garantizar más herramientas de alivio financiero para las empresas afectadas por el coronavirus Covid-19.
La medida tiene el objetivo de no sólo alivianar la carga en pagos de las empresas sino contribuir también a sostener los puestos de trabajo ante los efectos económicos de la pandemia.
La AFIP también pospuso por dos semanas el plazo para la presentación de la declaración jurada y el pago de Ganancias correspondiente a las empresas que cierran su ejercicio en diciembre.
Saludos,
Martin Pianciola
MPAbogados
+54 9 2995834089
Muchas gracias por esta información, es un alivio importante en estos tiempos. Me sabes decir cual el la situación de los vencimientos de los ejercicios anteriores? A nosotros nos toca pagar ahora el IVA de febrero. Gracias!
Es bueno que la info les sirva.
El cierre de ejercicio al que se refiere la norma es el que determino en el estatuto social.
Entiendo su punto, pero al ser netamente contable estimo mejor que sea un contador quien evacue esa duda, que va a tener basto conocimiento.
Saludos
Entendido, muchas gracias Martín
Excelente Martin, Gracias.