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    Martin Pianciola
    07 may 2020

    Modificación del Programa ATP

    en Novedades Juridicas

    Decisión Administrativa 721/2020

    Con fecha 5 de mayo del presente la Jefatura de Gabinete de Ministros dictó la Decisión Administrativa 721/2020, por medio de la que realizó importantes modificaciones a los criterios para acceder a beneficios del Programa ATP.

    El Gobierno amplió los alcances del programa de Emergencia de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP), cambió algunos requisitos y sumó a más sectores y empresas que podrán ingresar al plan que contempla el pago de la mitad de los salarios en empresas privadas afectadas por la cuarentena.

    Incluye dentro del ATP a actividades no contempladas hasta ahora y a firmas de más de 800 empleados, así como a las que abrieron este año sus puertas. Además los empleadores podrán acceder tras demostrar una caída de su facturación menor a la que figuraba como requisito original del programa, por lo que en el Ejecutivo esperan en lo inmediato saltar de los actuales 1,7 millón de asalariados cubiertos a más de 2 millones.

    Estas inclusiones se trata de empresas de servicios esenciales que pudieron continuar su actividad durante la cuarentena pero que también habían pedido acceder al plan por una baja sensible de sus facturaciones.

    Asimismo, otra novedad es que desde esta semana el ATP dejará de tener un tope de cantidad de empleados.

    Viendo las modificaciones y la inclusión de las empresas de servicios, es importante trabajar conjuntamente con el sector contable o sus asesores en esta materia para que puedan encontrar la correcta aplicación del mismo.

    Atte.

    Martin S. Pianciola

    MPAbogados

    +54 9 2995834089

    2 comentarios
    0
    CISI Plataforma
    07 may 2020

    Excelente Martin, estamos consultado a los Contadores al respecto. Muchas Gracias.

    0
    Concretar SRL
    Guión  ·  
    08 may 2020

    Gracias Martin.

    0
    2 comentarios

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